

Al amparo del Decreto 202/2016, de 14 de diciembre por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a conceder por la Junta de Extremadura a los municipios de la región para la financiación de las Ayudas de Suministros Mínimos Vitales, y la Orden de 8 de noviembre de 2018, por la que se convocan estas subvenciones para el año 2019, el ayuntamiento informa sobre ayudas a suministros mínimos vitales como el agua, la luz y el gas, concediendo la Junta a Guareña un importe total de 26.218,42 euros para financiar estas ayudas a ciudadanos que cumplan los requisitos establecidos, según la normativa vigente.
Requisitos
Los requisitos para acceder a las ayudas de suministros mínimos vitales, son: Ser mayor de edad (o menor de edad si: huérfano absoluto o emancipado con inscripción en registro civil); estar empadronado y residir legal y efectivamente en Extremadura con una antigüedad mínima de seis meses inmediatos anteriores a la solicitud; y carecer de rentas o ingresos, considerándose que existen rentas o ingresos suficientes cuando los ingresos netos de la unidad de convivencia sean superiores al 100 % del IPREM (en 14 pagas). Incrementándose un 8% por cada miembro de la U.C. o un 10 % si en la U.C. convive alguna persona con una discapacidad igual o superior al 65% o tuviera reconocida la situación de Dependencia.
En caso de alquiler o hipoteca, se deducirá un 25% sobre el total de ingresos disponibles de la U.C. a efectos del cómputo de ingresos.
La cuantía de las ayudas por anualidad y unidad de convivencia, serán: Hasta dos miembros, 700 euros de ayuda; entre 3 y 4 miembros en la familia, 800 euros; y 5 o más miembros, 900 euros de cuantía máxima.
No obstante, para más información sobre estas ayudas, las personas interesadas pueden acudir a los Servicios Sociales en el Ayuntamiento de Guareña, en horario de atención al público de 9.00 a 14.00 horas.
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.