Pedro Fernández
Sábado, 9 de enero 2016, 18:35
El pasado lunes 4 de enero se publicaba en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, las bases para la provisión de una plaza de Agente de la Policía Local, mediante sistema de oposición libre para el Ayuntamiento de Guareña (Anuncio número 7607, boletín número uno, lunes 4 de enero de 2016, en el BOP).
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Los requisitos para poder presentarse: ser español, estar en posesión del título de Bachiller o técnico, o equivalentes; cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles; no haber sido separado del servicio de cualquiera de las administraciones públicas; carecer de antecedentes penales por delitos dolosos; tener una estatura mínima de 167 centímetros para varones y 157 centímetros para hembras; presentar certificado médico; estar en posesión del permiso de conducir de las clases A2 y B; declaración jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la ley; y tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa para el acceso al empleo público.
El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales a contar desde el siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, una vez que se hubiesen publicado íntegramente las bases en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Diario Oficial de Extremadura.
Tribunal
La composición del tribunal calificador estará constituido en base a lo dispuesto en el artículo 50 de las normas-marco, por cinco miembros con sus respectivos suplentes y, en todo caso, formarán parte del Tribunal: presidente, un funcionario de la Corporación designado por el Alcalde; secretario, un funcionario de la Corporación, con voz pero sin voto, designado por el Alcalde; y vocales, un funcionario de carrera designado por la Consejería competente en materia de coordinación de Policías Locales, el Jefe de la Policía Local o mando intermedio del Ayuntamiento de Guareña, y un funcionario de Administración Local designado por el Alcalde. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán a la colaboración que, en función de sus especialidades técnicas, les solicite el Tribunal, por lo que actuarán con voz, pero sin voto.
El procedimiento de selección, según lo establecido en el artículo 27 de las normas marco, constará de dos fases de carácter eliminatorio: una fase de oposición libre (consistirá en superar las siguientes pruebas de carácter eliminatorio: prueba físicas, prueba de conocimiento, y prueba práctica) y un curso selectivo a superar en la Academia de Seguridad Pública de Extremadura, que incluirá un periodo de prácticas en el municipio.
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