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Edificio del Ayuntamiento de Guareña.
Mañana Pleno Extraordinario para aprobar acciones judiciales frente a la sentencia del TSJEx

Mañana Pleno Extraordinario para aprobar acciones judiciales frente a la sentencia del TSJEx

Será a partir de las 21.00 horas en el salón de actos del Ayuntamiento de Guareña y también se trae a debate solicitar reunión con los distintos grupos parlamentarios de la Asamblea de Extremadura

Pedro Fernández

Miércoles, 13 de enero 2016, 00:59

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Tras el fallo de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx), en el que estima el recurso interpuesto por la Entidad Local Menor de Torrefresneda y se declara la obligación de la Administración autonómica a que delimite un área de influencia a la pedanía de conformidad con el plano del área realizado en el año 1969, teniendo en consideración lo informado por el Instituto Geográfico Nacional (IGN) al respecto, el alcalde de Guareña, Abel González Ramiro, convoca un Pleno extraordinario para mañana jueves 14 de enero, a las 21.00 horas.

El orden del día establecido en la citada sesión extraordinaria contiene los siguientes puntos a tratarse:

1. Aprobación ejercicio de acciones judiciales frente a la sentencia 653/2015 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.

2. Solicitar reunión con los distintos grupos parlamentarios de la Asamblea de Extremadura con el objeto de promover las actuaciones necesarias frente a las vicisitudes encontradas en el expediente tramitado por la Junta de Extremadura en relación a la delimitación del ámbito territorial de la pedanía y en su consecuencia la situación creada por la sentencia del TSJEx en relación con dicha delimitación.

3. Solicitar reunión con los distintos grupos parlamentarios de la Asamblea de Extremadura con el objeto de promover modificación de ciertos artículos de la Ley 17/2010, de 22 de noviembre, de Mancomunidades y Entidades Locales Menores de Extremadura, que fueron modificados sorpresivamente por la Ley 5/2015, de 5 de marzo, de modificación de la Ley 17/2010, de 22 de diciembre, de Mancomunidades y Entidades Locales Menores de Extremadura, por resultar leoninos, desproporcionados y contrarios al principio constitucional de igualdad, artículo 14 y artículo 13 de la Constitución Española.

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