

REDACCIÓN HOY
Miércoles, 21 de diciembre 2016, 09:59
El Tribunal Supremo no ha admitido el recurso presentado por el Ayuntamiento de Guareña contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia por la que se daba la razón a la Entidad Local Menor (ELM) de Torrefresneda, por la cual se le reconocía un área de influencia que, según la ELM es de 5.437 hectáreas, que disponía el planeamiento llevado a cabo en 1969 por el ingeniero Osorio y Murillo de la Cueva.
En consecuencia con este fallo, que convierte en firme la sentencia, la ELM se considera legitimada para exigir a la Junta de Extremadura que cumpla lo que contemplaba esa sentencia y, según su alcalde pedáneo, Gaspar Morillo, "ello traerá consigo, como marca la ley, el traslado de las propiedades de la entidad matriz que están en el área de influencia".
Por su parte, el alcalde de Guareña Abel González, ha afirmado que "desde el escrupuloso respeto a las decisiones judiciales" el ayuntamiento evitará "los desproporcionados y graves perjuicios que plantean los políticos de la Entidad Local Menor de Torrefresneda". Esos planteamientos "atentan gravemente contra la estabilidad del municipio" además de significar "un deterioro muy importante de los derechos de los ciudadanos de la localidad".
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